mejora accesibilidad

mejora la accesibilidad en mallorca!!!

La mejora de accesibilidad es el grado en que todas las personas pueden utilizar un objeto, visitar un lugar o acceder a un servicio, independientemente de sus capacidades técnicas o físicas.

Trabajamos para mejorar la accesibilidad en edificios existentes, comunidad de propietarios, viviendas particulares, edificios públicos, instalaciones deportivas, etc…

Asegurar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de accesibilidad en el ejercicio del derecho universal de las personas a vivir i disfrutar de un entorno sin barreras y en especial de las personas con movilidad reducida o con alteraciones o discapacidades que afecten a la comunicación.

En mucho de los edificios existentes es inviable actuaciones que aseguren una accesibilidad total, pero podemos trabajar para mejorar lo máximo posible las condiciones de accesibilidad, eliminando entre otros barreras arquitectónicas y adoptando medidas correctoras que mejoren la accesibilidad del edificio.

Por tanto, ofrecemos nuestros servicios para el asesoramiento y orientación en la aplicación de la normativa sobre accesibilidad, con el fin de desarrollar el proyecto de mejora de accesibilidad de su edificio.


¿A quien nos dirigimos?

Administraciones, organismos, entidades, empresas, comunidad de propietarios y particulares, mediante consultas y comprobaciones y asesoramiento in situ.

¿es posible la instalacion de ascensor en una comunidad a peticion de un vecino?

Si vives en una comunidad de propietarios, muy probablemente te hayas encontrado en la situación que describimos a continuación.

Hay un vecino que quiere instalar el ascensor pero el resto se niega. La pregunta es :

¿es posible instalar el ascensor si solo un vecino de toda la comunidad lo solicita? 

La respuesta es: ¡Sí!. Pero, como suele ser habitual, es un sí que se debe matizar.

Con la legislación vigente en la mano está permitido siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos. De lo contrario, no será legal.

Es decir, un vecino «por antojo» no puede forzar la instalación. A continuación os señalamos los requisitos necesarios para que esta instalación se pueda llevar a cabo bajo la petición de sólo un vecino.

Instalación de Ascensor en Comunidades de Propietarios

Requisitos para instalar el ascensor

La ley de propiedad Horizontal, reformada en junio de 2013, afirma en su artículo 10.1 b que: «Tendrán carácter obligatorio y no requerirán de acuerdo previo de la Junta de propietarios, … las siguientes actuaciones: b) las requeridas a instancia de los propietarios en cuya vivienda o local vivan, trabajen o presten servicios voluntarios, personas con discapacidad, o mayores de setenta años, …, siempre que el importe repercutido anualmente de las mismas, una vez descontadas las subvenciones o ayudas públicas, no exceda de doce mensualidades ordinarias de gastos comunes.»

La instalación de un ascensor, aunque lo solicite una sola persona propietaria, es obligatoria si se cumplen los requisitos mencionados:

  • Que el solicitante sea un propietario que tenga discapacidad o mayor de 70 años.
  • En la vivienda, deben vivir, trabajar o prestar servicios voluntarios personas con discapacidad o que sean mayores de 70 años.
  • Que los gastos de la obra de instalación del ascensor que tiene que pagar cada propietario (derrama), repercutido anualmente, no sea mayor a las 12 mensualidades de cuota ordinaria de gastos comunes.

Por tanto, en caso de que se cumplan los requisitos y lo solicita un propietario se debe hacer la instalación del ascensor y las obras las ha de asumir toda la comunidad. Esto es así aunque algunos propietarios, o todos excepto el solicitante, no quieran que se instale el ascensor en el edificio. La obligatoriedad es para todos en este caso.

Los gastos de la obra de instalación repercutido anualmente, significa que tienes que coger el coste de la instalación más intereses (si los hubiera) dividido por el total de años a financiar. Con esta operación obtienes el importe anual repercutido. Este lo divides entre 12 mensualidades y si la cantidad obtenida no supera la cuota ordinaria que paga cada propietario, será obligatorio.

¿Y si supera la inversión de doce mensualidades?

Si el coste de las obras es mayor a 12 mensualidades, se puede hacer si la Junta de Propietarios lo aprueba por mayoría simple, pagando todos los propietarios el total de las obras. Si la Comunidad lo rechaza, se puede hacer la obra si el solicitante asume la diferencia del coste de la instalación del ascensor pagando la Comunidad la cantidad antes mencionada (hasta 12 mensualidades de cuota ordinaria de gastos comunes).

De no cumplirse estas condiciones, no es obligatorio instalar un ascensor si solo lo solicita un vecino.

Como habéis dicho, es posible la instalación del ascensor en una comunidad a petición de un sólo vecino en determinados casos. ¿Qué piensas al respecto?

 

legislacion y normativa aplicable en materia de mejora accesibilidad


Normativa estatal:

Normativa autonómica:

Normativa municipal:

  • Ordenanza municipal de ocupación de vía pública (BOIB 109 de día 4 de septiembre de 2018)
  • Ordenanza municipal reguladora del informe de evaluación de los edificios (BOIB 16/05/15).

enlaces de interes

 


 

accesibilidad edificios

tipos de intervenciones mejora accesibilidad

eliminacion de barreras arquitectónicas

Una gran medida es la eliminación de las barreras arquitectónicas existentes en los edificios. Lo cual, permite mejorar la accesibilidad a los edificios, viviendas, espacios comunes, comunidades, etc.

instalación de ascensor

Actualmente es posible la instalación de ascensor en espacios dónde antes sería impensable. Gracias al trabajo de las empresas fabricantes, se han reducido los costes, simplificado la instalación del mismo y lo más importante se mejora el espacio de cabina útil de los mismos.

Ascensores

Existen en el mercado ascensores de diversos tipos y usos, para edificos plurifamiliares, viviendas unifamiliares, edificios industriales, etc… Le permitirán acceder a los distintos pisos de un edificio fácilmente.

Las principales características de los ascensores son:

– Silenciosos y confortables, ideales para viviendas unifamiliares o chalets.
– Se adaptan a cualquier entorno del hogar o negocio.
– Revalorizan la finca.
– Mínimo consumo: no consumen en bajada y la iluminación de la cabina sólo se activa cuando se usa.
– Incorporan la máxima seguridad en sistemas de control de seguridad positiva.
– Fácil montaje e instalación. No requieren cuarto de máquinas.

instalación de plataformas

Actualmente es posible la instalación de plataformas o elevadores salva escalera.

Sillas Salvaescaleras

Las sillas salvaescaleras facilitan subir fácilmente las escaleras a las personas mayores o con movilidad reducida, son una solución silenciosa, cómoda y segura. Este tipo de silla cuenta con partes fundamentales como el asiento, el respaldo, el reposabrazos, el reposapiés, el motor y el raíl.

 

Características
  • Es el resultado de una perfecta combinación de diseño moderno y ergonomía.
  • El asiento, los reposabrazos y el reposapiés son plegables, de modo que permiten que la silla ocupe lo mínimo en la escalera cuando no se use.
  • Los pulsadores situados en los reposabrazos nos permiten controlar el desplazamiento desde dentro de la silla. Además, mediante las botoneras inalámbricas de planta, desplazaremos la silla de forma cómoda desde los puntos de parada superior e inferior.
  • El motor y las baterías de recarga automática se encuentran integrados debajo del asiento, protegidos, junto a los sistemas de seguridad que detienen la silla ante cualquier obstáculo que encontremos en la escalera.
  • En relación al sistema de abastecimiento eléctrico, resulta importante explicar que no es necesario modificar la electricidad de la casa, ya que el rail se conecta mediante un transformador a un enchufe de la vivienda y permite de esta manera recargar las baterías de la silla.
Ventajas:
  • Se puede instalar en escaleras de tramo recto o con curvas, e indistintamente en el interior o exterior del edificio.
  • Puede instalarse en ambos lados de la escalera y sus reducidas dimensiones facilitan un mayor espacio libre para el tránsito a pie.
  • Se puede escoger entre una gran gama de colores de tapicería y diferentes materiales para que se adapte.

Plataformas salvaescaleras

Las plataformas salvaescaleras están diseñadas para las personas que se desplazan en silla de ruedas o con la movilidad reducida, se adaptan a casi todos los tipos de escaleras sean de tramo recto, con curvas o con rellanos. 

Características

  • Las plataformas salvaescaleras necesitan escaleras más amplias que las sillas salvaescaleras para desplazarse por ellas, por lo general de más de un metro de ancho.
  • Este sistema de salvaescaleras consiste en un rail simple o doble sobre el que se desplaza una plataforma plegable, que debe tener las dimensiones necesarias para albergar una silla de ruedas, la capacidad de carga es muy importante.
  • La plataforma debe disponer de sistemas de seguridad: rampas de acceso plegables, brazos de protección, pulsadores de maniobra, botón de Stop de emergencia.
  • Por el raíl se desplazará la plataforma, por lo que debe estar perfectamente anclado, se puede soportar directamente a la pared o mediante postes.
  • Los pulsadores de planta nos permitirán manejar la plataforma desde las paradas, llamando, enviando o realizando el plegado de la plataforma.

Ventajas:

  • Diseñada pensando sobre todo en la comodidad del usuario y el máximo respeto hacia él.
  • Además de la seguridad, fiabilidad y comodidad que ofrece, también se presta mucha atención a su aspecto externo y a su máxima durabilidad.
  • Su discreto y agradable diseño encaja en cualquier lugar y se puede escoger entre una gran gama de colores para adaptarse perfectamente a la decoración del entorno.

Elevador vertical

Un elevador vertical es un vehículo que mediante el desplazamiento fijo de un habitáculo, permite transportar personas a la planta inmediatamente superior de un edificio con diferencias de una altura que van desde unos pocos centímetros hasta los 3 metros de recorrido.

La mayoría de los elevadores verticales tienen una alta capacidad de carga y nos permiten que viajemos acompañados o con más objetos que en una silla o una plataforma salvaescaleras.

 

Características
  • A diferencia de las sillas y plataforma salvaescaleras , los elevadores verticales se instalan fuera de la escalera. Esto permite una utilización independiente de ésta mientras hacemos uso del elevador.
  • Pueden montarse tanto en el interior como en el exterior del edificio y disponen de pulsadores en cada parada para poder llamarlos.
Ventajas
  • Los elevadores verticales facilitan a las personas mayores o con movilidad reducida acceder a un nivel superior sin ninguna dificultad.
  • Son ideales para comunidades de propietarios o para uso público o privado, siempre que se requiera superar sólo un nivel.
  • Su instalación es muy sencilla ya que se adapta a cualquier exigencia constructiva, evita incluso la ejecución de obras.

Elevador acuático

Garantizan la accesibilidad en las piscinas.

Buscamos soluciones de accesibilidad también para las piscinas de carácter público o privado. Existen diferentes modelos de elevadores acuáticos adaptables a cualquier tipo de piscina.

Los elevadores acuáticos son ideales para que las personas mayores o con movilidad reducida puedan disfrutar de ese merecido baño.

Son aptos tanto para piscinas públicas como para piscinas privadas.

medidas correctoras

En muchos casos para la adaptación de edificios existentes, es necesario la aplicación de medidas correctoras, acordes con la ley y normativa es en vigor. Estas medidas correctoras, son analizadas y estudiadas, para aplicarlas en el proyecto necesario para la correspondiente solicitud de licencia.

Ponte en contacto con nosotros para comenzar la mejora de accesibilidad en su edificio. Para cualquier tipo de servicios escríbanos:

arquitectura@grupbonvent.com

mejora la accesibilidad en mallorca!!!

Solicita tu consulta para la mejora de accesibilidad en Mallorca

Política de Privacidad